miércoles, 7 de agosto de 2013

Con agravante de Agosticidad

LA REFORMA DE LA REFORMA (CON AGOSTICIDAD, CÓMO NO)
por Begoña Pérez Garasa (Sec Gral UC HU Occtal)

“Como todos los meses de Agosto…”, dice la canción de IXO-RAI (magnífico grupo). Me viene “al pelo” para señalar que es la táctica habitual del Gobierno de turno para legislar contra las y los trabajadores. Y, repito, contra las y los trabajadores, porque eso es lo que llevan haciendo desde el inicio de la ESTAFA que se empeñan en llamar CRISIS.
 
El sábado, 3 de agosto, tras el Consejo de Ministros del viernes, se ha publicado otro Real Decreto Ley. Esta vez para “perfilar” las lagunas técnicas de la Reforma Laboral del Gobierno del PP (más sangrante que la del anterior Gobierno). Eso dicen ellos, para argumentar su ideario sobre los parados. Esos vagos y defraudadores que no trabajan porque no quieren. ¡¡Por supuesto!! ¡¡Hay tantos puestos de trabajo sin ocupar, tantas empresas que crean empleo y ninguno quiere trabajar!! ¡¡Que se denuncien entre ellos, que van a arruinar el país!! Que poco van a perseguir a los que se han llevado el dinero a los paraísos fiscales; o les exigen a los “grandes equipos” que paguen sus deudas con la seguridad Social y con Hacienda; o a las “grandes empresas” españolas de las que Hacienda tiene constancia que evaden impuestos; o a los ladrones de “cuello blanco” que pueblan las cárceles, pero que no devuelven nada de lo robado.
 
En otro acto de cinismo, por el bien de los españoles, como se harta de repetir Mariano (sin acordarse de que el 50 % de la población es del género femenino, por supuesto) y amparándose en la Constitución Española (texto inviolable, hasta que decidieron, entre dos, que ya podían ejercer el “derecho de pernada” en el 2011 para que el ajuste del déficit fuese mandato constitucional), han modificado el Estatuto de los Trabajadores y la Ley sobre Infracciones y sanciones del Orden Social. Se han modificado otras Leyes pero hoy sólo hablaré de las consecuencias de estas dos. Aunque primero debo señalar que, en el texto aprobado y publicado con “agosticidad”, se justifica que “En el conjunto y en cada una de las medidas que se adoptan, concurren, por su naturaleza y finalidad las circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad que exige el art. 86 de la Constitución Española” (fin de la cita del BOE).
 
Esto lo hacen, “a propuesta de los Ministros de Hacienda y Administraciones Públicas, de Fomento y de Empleo y de Seguridad Social, y previa deliberación del Consejo de Ministros del 2 de Agosto” (fin de la cita, también del BOE).
La ciudadanía tiene derechos y, como uno de ellos es el de información, os informo de lo que dice el art. 86 de la CE:
 
“1. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general.
 
 2. Los Decretos-leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación. El Congreso habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidación o derogación, para lo cual el Reglamento establecerá un procedimiento especial y sumario.
 
3. Durante el plazo establecido en el apartado anterior, las Cortes podrán tramitarlos como proyectos de ley por el procedimiento de urgencia.”.
 
No encuentro dónde pone que el Gobierno, en otro acto de prepotencia, pueda aprobar sin debate y votación en el Congreso un texto como Decreto Ley. ¡Ah!, igual es porque pone delante “real” y han confundido “monarquía Parlamentaria” con “monarquía absolutista”. Pero no puedo terminar el artículo sin hablar de lo que modifica el enésimo “decretazo”.
Disfrazan de tecnicismo la criminalización del colectivo trabajador (con trabajo o sin él), porque dan capacidad a quien puede dar trabajo (las empresas) para individualizar más las relaciones laborales. Ahora pueden modificar sustancialmente las condiciones de trabajo, o aplicar movilidad geográfica, por cada uno de los centros de trabajo que tenga el empresario.
 
 La consecuencia puede ser que entre centros de trabajo de la misma empresa se hagan “dumping empresarial” y que el pagano sea el de siempre: el colectivo trabajador.
Se ha decretado que, en los EREs de más de un centro de trabajo habrá una única Comisión Negociadora y que, aunque no se constituya antes del periodo de consultas, esto no paraliza el proceso si el empresario (en la nueva plenipotestad que tiene en este país) comunica de forma fehaciente que va a iniciar un ERE. Además, se entorpecen las demandas al Juzgado cuando son individuales en los expedientes de regulación de empleo (EREs).
Les ha sabido a poco el “tasazo” del Ministro de Justicia y han buscado otra vía para evitar que los “curritos” saturen los juzgados con sus ansias de tener derechos.
 
Dejo lo “mejor” para el final. Las multinacionales, si su sociedad dominante no tiene domicilio fiscal en España, NO tienen la obligación de presentar las cuentas consolidadas. Las personas desempleadas van a ser perseguidas porque cobran indebidamente lo que se ha descontado previamente de SU SALARIO y defraudan a “la nación”.
Los EREs se declararán nulos (que conlleva la reincorporación de las y los trabajadores), por el juez, si no se ha realizado el periodo de consultas, o no se ha entregado la documentación requerida, o no se han cumplido los trámites del procedimiento o se han vulnerado derechos fundamentales o libertades públicas. Así podrán declarase improcedentes EREs que no cumplan con el fondo (circunstancias económicas, por ejemplo) pero no podrán declararse nulos si la empresa ha cumplido con los trámites del procedimiento. Eso es meterse en la Sala de lo social a dictar sentencia antes que el juez y lo demás son pamplinas.
 
Por cierto, a las PYMEs ni nombrarlas, que ya hemos abierto el grifo del dinero de BANKIA y, con eso, ya les vale.
¿Y ahora, qué? Se preguntarán ustedes… Pues a seguir en la lucha de la clase trabajadora que, como han visto, está más presente que nunca. “Cómo todos los meses de Agosto…” ¡¡Nos vemos en las calles!!

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